lunes, 27 de abril de 2026
Provinciales

Una jueza ordenó que una tía pague la cuota alimentaria de su sobrina

El Juzgado de Familia N.º 3 resolvió una medida inédita y contundente: ordenó el descuento mensual de haberes a una tía paterna para cubrir la cuota alimentaria adeudada a su sobrina, ante el incumplimiento prolongado del padre biológico.La causa, presentada por el Departamento de Derecho de Familia, Niñez, Adolescencia y Personas en Situación de Vulnerabilidad de LegalNEA Servicios Jurídicos, caratulada como “A.E.D. c/ R.M.M.A.S. s/ Alimentos” (Expediente 265916/24), expone una situación de vulneración de derechos que se remonta a junio de 2020, cuando A.R.M. dejó de cumplir con la obligación de abonar alimentos a su hija menor, D.R. Según lo acordado, debía aportar el 25% del Salario Mínimo, Vital y Móvil, pero nunca lo hizo, a pesar de contar con ingresos informales.A lo largo de los años se intentaron diversas medidas para hacer cumplir la orden: se lo inscribió en el Registro de Deudores Alimentarios, se le suspendió la licencia de conducir y se ordenó la baja de su línea telefónica. Sin embargo, todas estas acciones fueron ineficaces, y la niña continuó desprotegida económicamente.Ante la imposibilidad de obtener recursos de los abuelos —la madre del progenitor es pensionada con ingresos mínimos— la jueza dispuso que la obligación alimentaria recaiga en quien esté en mejores condiciones económicas. En este caso, la hermana del padre, quien trabaja en relación de dependencia en una fuerza de seguridad nacional.« — Para ver la nota completa, ingrese a la url de la nota — »

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