domingo, 20 de septiembre de 2026
Provinciales

Un fallo extendió hasta los 25 años una pensión derivada para garantizar la continuidad de los estudios

.La sentencia del Juzgado Civil y Comercial N° 12 declaró inconstitucional el límite de 21 años previsto por la Ley Provincial N° 4917 para un beneficiario que acreditó continuar sus estudios universitarios y ordenó al Instituto de Previsión Social de Corrientes mantener el pago de la pensión hasta los 25 años. La decisión, que según la información aportada fue posteriormente confirmada por la Cámara y el Superior Tribunal de Justicia, planteó una solución novedosa al vincular el derecho previsional con el derecho a estudiar y con las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación.El Juzgado Civil y Comercial N° 12 de Corrientes hizo lugar a una acción de amparo promovida por un joven estudiante universitario y declaró la inconstitucionalidad del artículo 59 de la Ley Provincial N° 4917, en cuanto establece como límite los 21 años para la percepción de una pensión por parte de hijos que acrediten regularidad en sus estudios.Una decisión novedosa en materia previsional« — Para ver la nota completa, ingrese a la url de la nota — »

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