martes, 5 de mayo de 2026
Locales

MALESTAR DE VECINOS DE SANTA ANA POR PRECARIA INTIMACIÓN MUNICIPAL

En los últimos días, vecinos de la localidad de Santa Ana de los Guácaras han recibido en sus domicilios una intimación (con título de: AVISO: RAMAS Y RESTO DE PODA)

La realidad es que el texto, además de presentar errores de edición, contempla una coacción de multas estipuladas por Ordenanza local pero que a su vez tampoco se podría llevar a cabo al no contar con el pertinente Organo de Aplicación, esto sería el Tribunal o Juez de Faltas.

Si bien dicho órgano se encuentra legislado en la Carta Orgánica, no ha sido creado aún en el ejido municipal (pese a ser parte de la plataforma de campaña de la actual gestión).

Asimismo, la Carta Organica delega esta atribución en la figura del intendente (art. 266) en el caso de que no existiera Tribunal o Juez de Faltas, pero conlleva un procedimiento previo a la aplicación de multas.

Respecto a esto último, reza el Art. 284 de la Carta Orgánica: el procedimiento por  ante el Juzgado Municipal de Faltas debe garantizar los siguientes principios:

1) Garantía del debido proceso.

2) Instancia oral y pública, salvo en los casos en que se plantee la inconstitucionalidad de una norma jurídica.

3) Registro que permita la revisión judicial.

4) Inmediatez y especialización, celeridad, sencillez, economía, de modo de asegurarlas a los ciudadanos la justa resolución de los conflictos y controversias sometidas a su competencia, respetando el derecho de la legítima defensa.

Dicho esto, pese a ser solamente un AVISO redactado de manera deficiente, por cuanto no contempla quién o qué organismo llevaría a cabo la aplicación de la supuesta multa, es que vecinos de la comunidad se han comunicado con este medio para expresar su enojo y su preocupación por este intento que solo tiene fines recaudatorios.

A su vez, vecinos del Parque Leconte se preguntan por qué desde hace un tiempo dicho barrio se encuentra prácticamente abandonado, siendo que el 60% del barrio no cuenta con alumbrado público y los cortes de pastos no se realizan en todas las zonas, decís mínimos indispensables que deberían llevar a cabo los agentes municipales.

Además recordar a la comunidad que existe ordenanza respecto a animales sueltos, sin correas, que también se contemplan estos casos con multas y no son aplicadas con la misma rigidez que con la que intentan hacer respecto a ramas y restos de podas en veredas, siento que en el último tiempo se vieron varios casos donde personas han sido atacadas por perros sueltos que deambulan por las calles, tornando de peligrosa la circulación.

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