sábado, 18 de abril de 2026
Provinciales

Cuáles son los cambios que introdujo en licencias, VTV, importación de autos y peajes

El decreto 196/2025, publicado en el Boletín Oficial, introdujo una reforma integral a la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que abarcó desde el formato y la tramitación de las licencias de conducir hasta modificaciones en la importación de vehículos, la verificación técnica (VTV) y el sistema de peajes en las rutas nacionales.La normativa estableció que la Licencia Nacional de Conducir adoptara un formato digital, válido en todo el país a través de la aplicación Mi Argentina. La versión física se mantuvo de forma opcional para quienes la solicitaran, sin fecha de vencimiento. La actualización del estado psicofísico se realizó de manera remota mediante un certificado emitido por profesionales habilitados, tanto públicos como privados. En este contexto, los conductores menores de 65 años debieron renovarla cada 5 años, mientras que quienes tenían entre 65 y 70 años lo hacían cada 3 años, y los mayores de 70 debieron renovarla anualmente. Se eliminó, además, la obligación de renovar la primera licencia al cumplirse el primer año, salvo en casos de infracciones graves durante los dos primeros años, que exigieron la aprobación de un nuevo examen teórico-práctico.En cuanto a los trámites, se simplificó la renovación de la licencia en situaciones de cambio de domicilio, ya que ya no fue necesario reemitir el documento cuando el conductor se trasladó a otra jurisdicción; bastó con notificar el cambio de forma remota. Esta simplificación aplicó tanto a las licencias particulares como a las profesionales. En el caso de estas últimas, se eliminó la antigua Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), permitiendo que las licencias profesionales de clases C, D y E, emitidas por las jurisdicciones adheridas a la normativa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), fueran válidas para el transporte interjurisdiccional.La reforma también introdujo cambios en la importación de vehículos y autopartes. Para la importación de autos en serie, se eliminaron los requisitos de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) para aquellos vehículos provenientes de “mercados de alta vigilancia”. Estos quedaron homologados con la presentación de certificaciones internacionales reconocidas según la reglamentación Trans-WP29-343. Para importaciones particulares, se creó el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), gestionado mediante la documentación que acreditara el cumplimiento de las normas internacionales y emitido por la ANSV. Además, se liberó la importación de autopartes al eliminar el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS), lo que simplificó el proceso y redujo costos.« — Para ver la nota completa, ingrese a la url de la nota — »

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